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Mediante la Resolución N° 3903/2019 (la Resolución), el Ministerio de Trabajo (MTESS) estableció un régimen transitorio de facilidades de pago, para que los empleadores se pongan al día con sus obligaciones laborales, incluyendo las deudas que se encuentren en proceso de gestión por parte de la institución o en instancia judicial.

Durante el régimen transitorio, los empleadores puede acceder  acceder a beneficios, mediante un plan de facilidades de pago y exoneración de intereses, así como la no aplicación de sanciones por el incumplimiento de normas laborales, en atención a la coyuntura económica actual.

De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 1 de la Resolución, la exoneración seguirá las siguientes reglas:

1- Entrega inicial mínima equivalente al 20% de la deuda, de acuerdo al monto establecido por la autoridad administrativa mediante resolución o certificado de liquidación de deuda.

2- Tasa de interés anual de financiación del 0%.

3- Hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, para aquellos empleadores que se encuentren adeudando hasta 100.000.000 guaraníes y hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas para aquellos que tengan deudas a más de 100.000.000 de guaraníes.

Este Régimen excepcional y Transitorio estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2019. 

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