El Poder Ejecutivo dictó el Decreto N° 5732/2026, mediante el cual se establece un régimen excepcional y transitorio de regularización para el cumplimiento de determinadas obligaciones laborales pendientes ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (“MTESS”).
El objetivo principal del régimen es promover la formalización y el cumplimiento voluntario, permitiendo a los empleadores regularizar situaciones omitidas o deficientes sin aplicación inmediata de sanciones, antes de avanzar hacia etapas de control y cobro más gravosas.
A continuación, detallamos los aspectos más relevantes del Decreto:
- Ámbito temporal del régimen
El régimen excepcional entra en vigencia desde la publicación del Decreto y se extiende hasta el 31 de agosto de 2026.
Finalizado este periodo, el MTESS deberá gestionar el cobro judicial de todas las deudas pendientes.
- Obligaciones que pueden regularizarse sin multa
Durante este período, los empleadores podrán regularizar obligaciones pendientes sin aplicación de multas por mora, incluyendo:
- Inscripción en el Registro Obrero Patronal (casa matriz y sucursales)
- Comunicaciones laborales obligatorias, tales como:
- Entrada y salida de trabajadores
- Licencias y permisos
- Vacaciones
- Sanciones disciplinarias
- Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
- Ausencias
- Preavisos
Esto aplica a obligaciones previstas en el marco del Decreto N° 1989/2024.
- Reducción de multas existentes
El Decreto también establece beneficios para multas ya impuestas:
- 50% de reducción para multas firmes generadas entre el 1 de enero de 2020 y la entrada en vigencia del Decreto, siempre que:
- Se cancelen o
- Se inicie su pago durante la vigencia del régimen
- 70% de reducción para empleadores con 1 a 30 trabajadores al 31 de diciembre de 2025
- Facilidades de pago
Se habilita el pago fraccionado de multas:
- Hasta 10 cuotas iguales
- Con una entrega inicial mínima del 20%
Además, empleadores con planes de pago vigentes podrán acceder a los beneficios de reducción si optan por cancelar el saldo total.
- Limitaciones del régimen
- El régimen no aplica a otros incumplimientos laborales no expresamente contemplados en el Decreto, los cuales seguirán siendo sancionados conforme a la normativa vigente.
- La cancelación de multas con reducciones no exime del cumplimiento de las obligaciones laborales y registrales previstas en el Decreto N° 1989/2024.
- Finalizado el régimen, el MTESS deberá impulsar el cobro judicial de las deudas pendientes sin excepción.
- Implicancias prácticas
Este régimen representa una oportunidad estratégica para regularizar obligaciones laborales pendientes, reducir contingencias y alinear la situación del empleador con los sistemas de control del MTESS, antes del inicio de una etapa de fiscalización y cobro más estricta.
Resulta especialmente relevante para:
- Empleadores con registros incompletos o desactualizados
- Empresas con multas acumuladas entre 2020 y la entrada en vigencia del Decreto
- Micro y pequeñas empresas que requieran alivio financiero para normalizar su situación
Este contenido tiene únicamente fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Para asistencia específica sobre la aplicación de esta normativa, no dude en contactarnos.


