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Por medio de la Resolución MTESS N° 650 de fecha 2 de julio de 2025 (la “Resolución”), el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) resolvió:

  1. Suspender los plazos de vencimiento de las inscripciones patronales y comunicaciones previstas en la Resolución MTESS N° 991/2024, desde el 30 de junio de 2025 hasta la reactivación del Sistema REOP.
  2. No aplicar multas durante dicho período por incumplimientos relacionados con inscripciones patronales y comunicaciones, conforme lo previsto en la Resolución MTESS N° 75/2025.
  3. Otorgar un plazo de 10 días hábiles desde la reactivación del Sistema REOP para que los empleadores regularicen sus obligaciones cuyo vencimiento se haya producido entre el 30 de junio de 2025 y la reanudación del sistema.
  4. Establecer que dicho período no será computado como días de mora para la aplicación de multas por falta de presentación de planillas laborales.
  5. Disponer la difusión de la reactivación del Sistema REOP a través de los canales oficiales del MTESS.
  6. Encomendar a la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación la implementación de los ajustes técnicos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución.

Esta medida se adopta a raíz de las fallas técnicas en el Sistema REOP informadas por la Dirección de Tecnología de la Información del MTESS.

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