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Mediante la Resolución MH N°150/2018, emitida el 27 de noviembre del corriente, el Ministerio de Hacienda decidió suspender la aplicación de las sanciones, multas y medidas no sancionatorias derivadas de la Ley N° 5895/2017 “Que establece reglas de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones” y el Decreto reglamentario N° 9043/2018, hasta el 17 de febrero de 2019.

El mencionado decreto establece las formalidades y mecanismos de ejecución del canje de acciones al portador por acciones nominativas, las transferencias de acciones y la aplicación de las multas generadas como consecuencia del incumplimiento de la ley. Entre las consecuencias del incumplimiento de la nueva normativa, se encuentran también medidas no sancionatorias como el bloqueo del RUC de la sociedad o la suspensión de derechos económicos de los accionistas.

La aplicación de estas medidas ya había sido suspendida anteriormente mediante otras resoluciones de la Cartera de Estado. Sin embargo, la Abogacía del Tesoro y la Subsecretaría de Estado de Tributación se encuentran actualmente trabajado en los ajustes técnicos que permitirán realizar los pagos de las multas a través del sistema Marangatú, y requieren de más tiempo para realizar trabajos y pruebas en dicho sistema.

Además, el significativo aumento de trámites iniciados a partir de la vigencia de la nueva ley y su decreto han disparado el promedio de trámites virtuales a alrededor de cinco mil, y aumentaron asimismo el número de requerimientos telefónicos llegándose a registrar más de mil llamadas por día al Departamento de Registro y Fiscalización de Sociedades. En consecuencia, el Ministerio de Hacienda ha encontrado prudente prorrogar dicha suspensión para permitir a estas instituciones regularizar los trámites informáticos pertinentes que se encuentran atrasados.

Si desea saber más acerca de los requisitos que deben cumplir las sociedades por acciones, no dude en contactar con Perla Alderte (palderete@vouga.com.py) o Marco Colmán (mcolman@vouga.com.py)  

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