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Resumen ejecutivo:

NormaContenidoFecha
Decreto N° 7.806Se prorroga hasta el 31 de octubre de 2022 el plazo de vigencia del régimen especial del Impuesto Selectivo al Consumo (“ISC”) para la importación de ciertos combustibles derivados del petróleo14 de Septiembre 2022
Decreto N° 7.807Se modificó la base imponible del ISC para la importación del Gas Oíl/Diésel Tipo I, que quedó en G. 5.546 por litro, hasta el 30 de septiembre de 202214 de Septiembre 2022
Resolución General N° 119La Subsecretaría de Estado de Tributación (“SET”) reglamenta la forma de presentación de la solicitud de exoneración tributaria de equipos, aparatos, artículos e implementos deportivos a ser empleados en el marco de los XII Juegos Sudamericanos Asunción 202207 de Septiembre 2022
Resolución General N° 120La SET actualiza la nómina de contribuyentes sujetos a la jurisdicción de la Dirección General de Grandes Contribuyentes y de la Dirección General de Recaudación y de Oficinas Regionales08 de Septiembre 2022

Más información:

► Decreto N° 7.806/2022 – Prórroga del régimen especial del ISC para la importación de ciertos combustibles derivados del petróleo

Por medio del Decreto N° 6.620/2022, el Poder Ejecutivo fijo, de manera transitoria, las bases imponibles del ISC para la importación y comercialización de los siguientes combustibles derivados del petróleo:

ProductoBase Imponible
Gas Oíl/Diésel Tipo IIIG. 2.388,9 por litro
Nafta VirgenG. 3.045,6 por litro
Nafta RON 91G. 6.033,3 por litro

Originalmente estas bases imponibles iban a estar vigentes solo durante febrero de 2022, pero luego se fue prorrogando su vigencia de manera mensual, a razón de un decreto por mes. Pues bien, el Decreto N° 7.806/2022 es la última de estas prórrogas hasta la fecha, extendiendo hasta el 31 de octubre de 2022 la vigencia de dichas bases imponibles.

► Decreto N° 7.807/2022 – Modificación temporal de la base imponible del ISC para la importación y comercialización de Gas Oíl/Diésel Tipo I

El Poder Ejecutivo modificó la base imponible del ISC aplicable a la importación y comercialización del Gas Oíl/Diésel Tipo I, que quedó establecida en G. 5.546 por litro. Este régimen del ISC tuvo vigencia hasta el 30 de septiembre de 2022.

► Resolución General N° 119/2022 – Se reglamenta la forma de presentación de la solicitud de exoneración de tributos a la importación de bienes a ser empleados en el marco de los XII Juegos Sudamericanos Asunción 2022

Por medio de esta Resolución General, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) reglamentó la presentación de la solicitud de exoneración del IVA para la importación de bienes a ser empleados en los XII Juegos Sudamericanos a ser desarrollados en Asunción, la cual debe realizarse a través del perfil de la Entidad Deportiva Contribuyente en el Sistema de Gestión Tributaria Marangatú, utilizando su clave de acceso confidencial.

Para poder realizar la solicitud, la Entidad Deportiva Contribuyente debe estar al día con el cumplimiento de la presentación de sus declaraciones juradas determinativas e informativas, así como el pago de sus obligaciones tributarias. Se deben adjuntar con la solicitud, los documentos indicados en la referida Resolución General N° 119/2022.

La SET tiene dos días hábiles posteriores al ingreso de la solicitud para analizar formalmente la presentación, a los efectos de darle trámite o rechazarla. Si la SET rechaza la solicitud, el contribuyente puede presentarla nuevamente sin limitación. Desde la admisión formal de la solicitud, la SET tiene veinte días hábiles para denegarla o aprobarla por medio de la resolución respectiva.

► Resolución General N° 120/2022 – Se actualiza la nómina de contribuyentes sujetos a la jurisdicción de la Dirección General de Grandes Contribuyentes y de la Dirección General de Recaudación y de oficinas regionales

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) actualizó la nómina de contribuyentes bajo la competencia de la Dirección General de Grandes Contribuyentes, y de la Dirección General de Recaudación y de Oficinas Regionales.

A partir del 01 de octubre de 2022, los contribuyentes señalados en las listas del Anexo I de la Resolución General quedan afectados a la categoría de “Grandes Contribuyentes” y, por ende, sujetos a la competencia de la Dirección con ese nombre.

Desde la misma fecha, los contribuyentes señalados en el Anexo II de la Resolución General quedan afectados a la categoría de “Medianos Contribuyentes” y, por ende, bajo la competencia de la Dirección General de Recaudación y de Oficinas Regionales [1].

Los contribuyentes cuyo número del Registro Único del Contribuyente (“RUC”) no figura en ninguno de los anexos de la Resolución General, permanecen en la categoría en la que se encuentran actualmente, sin cambios en la competencia de la Dirección General de la SET que los administra.

Si desea conocer si usted o su organización se ven afectados por esta Resolución, puede consultar el listado completo de contribuyentes en el siguiente buscador.


[1] Los anexos I y II de la Resolución General N° 120/2022, pueden encontrarse en el siguiente enlace: https://www.set.gov.py/portal/PARAGUAY-SET/detail?folder-id=repository:collaboration:/sites/PARAGUAY-SET/categories/SET/Normativas/resoluciones/2022&content-id=/repository/collaboration/sites/PARAGUAY-SET/documents/2022/normativas/resoluciones/Resolucion%20General%20N%C2%BA120-22%20Anexo.xlsx

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