La Comisión Nacional de Valores dictó la Resolución 24/2017 por la cual establece los documentos y requisitos para el registro de los Organismos Multilaterales como emisores, así como de los bonos a ser emitidos por ellos, a los efectos de su oferta pública en la bolsa.
Paraguay tiene participación en Organismos Multilaterales y, en dicho sentido, la Ley N° 1284/98[1] establece en su artículo noveno lo siguiente: “…Las demás personas jurídicas en las que el Estado tenga participación y que emitan valores de oferta pública, se someterán en todo a lo dispuesto en la presente Ley”. En su artículo sexto dispone: “…La Comisión podrá eximir a ciertas ofertas públicas del cumplimiento de alguno de los requisitos de la presente Ley, mediante normas de carácter general”.
Con fundamento en los citados artículos, la Comisión Nacional de Valores consideró necesario establecer un régimen especial simplificado para el registro en la Comisión Nacional de Valores de los Organismos Multilaterales y de los bonos emitidos por estos para su oferta pública y negociación en bolsa, dictando así la Resolución 24/2017.
En dicha norma se aclara también que la Comisión Nacional de Valores no se pronuncia sobre la calidad de los valores emitidos dentro del marco del programa de emisión. El hecho de que la Comisión haya inscripto la emisión solo acredita que el programa ha cumplido con las requisitos establecidos legal y reglamentariamente en la citada Resolución, pero ello no implica que garantice su pago, la solvencia o que se exprese un juicio de valor acerca del mismo, ni sobre el futuro desenvolvimiento de la entidad emisora. La información contenida y presentada es de responsabilidad exclusiva del Organismo Multilateral emisor y cada inversionista deberá evaluar la conveniencia de adquirir estos valores emitidos.
Como archivo adjunto se encuentra la Resolución 24/2017 y en caso de consulta o aclaración, favor no dude en contactar al respecto con Cynthia Fatecha (cfatecha@vouga.com.py) o Rodolfo Vouga (rgvouga@vouga.com.py)
[1] Ley del Mercado de Valores.
Paraguay ingresa a la OCDE
El Ministro de Relaciones Exteriores del Paraguay, Canciller Nacional Eladio Loizaga, ha confirmado la aprobación del ingreso de Paraguay al Centro de Desarrollo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), lo cual da al Paraguay una posición internacional importante.
La sesión del consejo directivo de la OCDE aprobó el jueves último (26/01/2016) la incorporación de Paraguay a esta institución, según confirmo el Ministro de Relaciones.
Fundada en la década del sesenta, la OCDE agrupa a varios países con la misión de promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas, ofreciendo un foro donde los gobiernos puedan trabajar conjuntamente para compartir expericiencias y buscar soluciones a los problemas comunes, midiendo en conjunto la productividad y los flujos globales del comercio e inversión.
El ingreso de Paraguay a esta organización representa sin lugar a dudas, un sello importante de buenas prácticas y ortorga al país una imagen significativa.
Secretaría de Defensa al Consumidor reglamenta reducción proporcional de intereses por cancelación anticipada de créditos
La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO) dictó la Resolución SDCU N° 390/16, mediante la cual reglamentó el derecho de los consumidores a la reducción proporcional de los intereses en caso de cancelación anticipada de deudas, ventas o prestación de servicios a crédito, según lo establece el Art. 30 de la Ley N° 1334/98.
La reducción proporcional consiste en no considerar los intereses no devengados sobre la deuda principal —capital—, a cuyo efecto la mencionada Resolución adopta el procedimiento de reliquidación de la deuda en lugar de aplicar una tasa de descuento. Esta reducción no podrá ser obstaculizada, limitada o condicionada al pago de penalización alguna, cualquiera que sea su denominación.
La Resolución dispone también la obligatoriedad de expedir a los consumidores, de manera inmediata, una liquidación clara, sencilla y detallada de las deudas. A este efecto, establece la fórmula del interés simple nominal para determinar los intereses de la reliquidación, los cuales se calcularán sobre la unidad de tiempo “año”, expresada en números enteros o en sus fracciones (comunes o decimales), según corresponda.
Asimismo, la norma en cuestión impone sanciones administrativas para los proveedores y prestadores que denieguen u obstaculicen a los consumidores el ejercicio pleno de los derechos contenidos en la citada reglamentación. Su aplicación es potestad de la SEDECO, a través de un procedimiento administrativo gratuito que se inicia con la presentación del reclamo o denuncia por parte del consumidor afectado.
En caso de precisar mayor información, por favor contacte a: Marco Colmán (mcolman@vouga.com.py) o Marcela Dos Santos (madosantos@vouga.com.py)
DINAPI dicta Resolución que aprueba la guía para presentar una solicitud de participación en el procedimiento acelerado de exámenes de patentes
Como parte de un esfuerzo regional destinado a facilitar el otorgamiento de patentes a quienes hayan presentado simultáneamente solicitudes en más de uno de los países que integran el Sistema de Cooperación en Propiedad Industrial Prosur-Prosul —Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay—, la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI) emitió el pasado 9 de diciembre la Resolución DINAPI/RG/N° 14/2016, por la cual se aprueba la guía para presentar una solicitud de participación en el procedimiento acelerado de examen de patentes (PPH) en Paraguay, de acuerdo a lo convenido entre las oficinas de propiedad industrial que integran dicho sistema de cooperación.
Por medio de esta resolución se estará aplicando como base el principio MOTTAINAI, el cual permite considerar el examen de patentabilidad evaluado por una Oficina de Examen Anterior (OEA) por parte de la Oficina de Examen Posterior (OEP), asegurándose de esta forma que el solicitante de la Patente cuente con el beneficio de un examen acelerado de la solicitud correspondiente, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la citada Resolución.
La incorporación de este procedimiento, orientado a acelerar el examen de las solicitudes de patentes de invenciones y modelos de utilidad, se hace en el marco de un Plan Piloto de tres años de duración.
En el archivo adjunto encontrará la Resolución mencionada.
En caso de precisar mayor información, por favor contacte a: Laura Lezcano (llezcano@vouga.com.py).
FMO contrata a Vouga Abogados para otorgamiento de línea de crédito a Agrofertil
FMO contrató a Vouga Abogados para la estructuración de una línea de crédito de hasta US$ 10 Millones otorgada a la compañía de agroquímicos Agrofértil.
La línea será utilizada para incrementar las capacidades de financiamiento de Agrofértil para la adquisición de insumos agrícolas por parte de los productores.
El préstamo está garantizado por un fideicomiso de garantía administrado por el fiduciario, una entidad bancaria local. El fideicomiso está compuesto por pagarés y otros créditos transferidos por Agrofértil al fideicomiso.
La transacción se firmó el 2 de noviembre y participaron los abogados Cynthia Fatecha y Carlos Vouga por Vouga Abogados.
FEPASA autoriza estudios para proyecto de tren de cargas en Paraguay
La empresa de propiedad estatal FERROCARRILES DEL PARAGUAY S.A. (FEPASA) aprobó recientemente una propuesta inicial presentada para la realización de estudios de factibilidad para la construcción de un tren de cargas en Paraguay. El proyecto pretende aprovechar la franja de dominio existente entre la conexión del ramal Aba’i (Departamento de Caazapá) con San Salvador (unos 40 km), desde dicho punto —siguiendo siempre el antiguo trazado— hasta Paraguarí, y desde este punto se crearía un nuevo enlace con la zona de Villeta sobre el Río Paraguay, con lo que se completaría un total de casi 200 km.
Según declaraciones del Presidente de FEPASA, la empresa Ferroviaria Oriental S.A. de Bolivia —que se había presentado bajo la modalidad de iniciativa privada, contemplada en su Reglamento General aplicable al desarrollo de proyectos— invertiría por su cuenta y riesgo unos 1,6 millones de dólares en la segunda fase para la preparación y presentación de una propuesta final, monto que podría recuperar en caso de optar por participar de la tercera fase, para la selección posterior que haría FEPASA de un socio para llevar a cabo el proyecto —cuyas estimaciones iniciales estarían en el orden de los 450 millones de dólares— siempre que el mismo resultare viable y de interés.
La citada presentación de la propuesta de iniciativa privada contó con la asesoría y asistencia jurídica del Departamento de Infraestructura de Vouga Abogados.
En caso de precisar mayor información, por favor contacte a: Jorge Figueredo Klein jfigueredo@vouga.com.py.
El Decreto 6092/2016: Por el cual se aprueba la Política Energética del Paraguay para los próximos 25 años
El pasado 10 de Octubre, se promulgó el Decreto 6092/2016 el cual destaca en su considerando la importancia de la energía como factor de crecimiento económico, desarrollo industrial y progreso social, así como lo indispensable de la elaboración de políticas de Estado que estén orientadas a atender las necesidades de energía de la población y de todos los sectores productivos, con criterios de calidad, responsabilidad socio-ambiental y eficiencia.
El citado decreto delimita la Política Energética del país para los próximos 25 años. Atendiendo su ubicación estratégica, el Paraguay ocupa un lugar central en la integración regional y debe apuntar al aprovechamiento sostenible de sus recursos naturales para la obtención de energía limpia y renovable.
Para alcanzar esta meta, mediante la efectiva ejecución y seguimiento de la Política Energética, se han establecido cinco objetivos superiores claves para el Sector Eléctrico Nacional:
a) Garantizar la seguridad energética con los siguientes criterios: autoabastecimiento, eficiencia, mínimo costo y responsabilidad socio-ambiental;
b) Asegurar el acceso a la energía de calidad a toda la población con atención a los derechos del consumidor;
c) Utilizar las fuentes nacionales de energía;
d) Consolidar la posición del Paraguay como eje de la integración energética regional; y
e) Propiciar la comprensión sobre la importancia de la energía y su uso sostenible.
Para el logro de los objetivos señalados, el Anexo del Decreto 6092/16 establece la siguiente metodología para el desarrollo de la política energética:
En primer lugar se delimitan los objetivos superiores y específicos del Sector Energético Nacional en virtud de la visión de la política energética y posteriormente se fijan los objetivos —tanto superiores como específicos— de los diferentes subsectores de energía.
Así, quedan debidamente enmarcados el Sector Energético Nacional y sus cuatro subsectores, que son:
Subsector eléctrico,
Entes binacionales hidroeléctricos e integración eléctrica,
Bioenergía y fuentes alternativas, y
Hidrocarburos,
indicando que existe una correspondencia entre los objetivos específicos de cada subsector con aquellos del Sector Energético Nacional (ver tabla 2 del Anexo del Decreto Nº 6092/2016).
Para organizar mejor los planes de acción propuestos por la norma, se definen tres ejes estratégicos (ver tabla 1) conformados por sus respectivas líneas estratégicas, instrumentos y metas para el corto (2017-2023), mediano (2024-2030) y largo plazo (2031-2040).
Entre las líneas estratégicas, instrumentos y metas de gran relevancia que detalla en su Anexo el Decreto 6092/16 —en especial lo relacionado al ámbito regulatorio, institucional y financiero— podemos citar de manera destacada las siguientes:
En cuanto al Sector Energético Nacional: la creación de un Ministerio de Hidrocarburos y Energía, la creación del Sistema Nacional de Energía (SISNAE) por medio de la promulgación de una Ley de creación y su reglamentación correspondiente, un plan de fortalecimiento para el Consejo Nacional de Empresas Públicas (CONAPE) y una Ley de competitividad de empresas públicas del sector energético, contratos de gestión de ANDE con el CONAPE, contratos de gestión de PETROPAR con el CONAPE, garantizar el financiamiento público y privado para las inversiones de mantenimiento, modernización, expansión de infraestructura y desarrollo tecnológico, el marco jurídico para la salvaguarda ambiental (con énfasis en temas energéticos).
En cuanto a los Entes binacionales hidroeléctricos: la creación de un Banco Nacional de Infraestructura para el Desarrollo Económico y Social (BNIDES), que será —según las líneas estratégicas del plan de financiamiento— una institución que canalice los recursos originados en el sector para el desarrollo de infraestructura en el país para apoyar el desarrollo económico, la aprobación de una Ley sobre uso de recursos financieros adicionales del sector energético, una estrategia para la renegociación del Anexo C de la EBY, un Plan estratégico para la comercialización de Energía paraguaya del complejo hidroeléctrico Paraná (Paraguay/Argentina; EBY y CHB futuras) e Itaipú Binacional, la revisión del acuerdo tripartito de 1979.
En cuanto al Subsector eléctrico: un Plan Nacional de comercialización interna de energía eléctrica 2017-2023, un Plan Nacional de subastas para contrataciones de Energía Eléctrica, la promoción de la electricidad en la Matriz energética, un programa de movilidad eléctrica en el sector público.
En materia de Bioenergía y fuentes alternativas: elfortalecimiento del INFONA, la creación de fondos nacionales para el desarrollo de la energía renovable, la aprobación de una Ley de generación independiente de Energía Eléctrica, la elaboración de reglamentos para transporte de energía eléctrica, la generación distribuida y transacciones de energía con productores independientes, la promoción de las fuentes alternativas de energía.
En materia de Hidrocarburos: regular la formación de precios y reglamentar los precios de los combustibles, incentivar la participación de PETROPAR en el ámbito nacional e internacional en todas las actividades de la cadena de valor de hidrocarburos, un nuevo marco legal de hidrocarburos, un plan estratégico de PETROPAR (2016-2023), una estrategia para la asociación de PETROPAR con empresas, una estrategia de captación de recursos financieros para PETROPAR, el inicio de la construcción de una planta de refinación.
Para mayor información, contactar a: Marta Martínez (mmartinez@vouga.com.py)
Licitación por US$ 93 Millones para Diseño y Construcción de Nuevos Edificios Públicos
El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) en la fecha realizó el llamado a licitación internacional para el diseño y construcción de edificios ministeriales, oficinas del gobierno, restauración de edificios y construcción de la estación de METROBUS, con una inversión de USD. 93 millones.
Las consultas por parte de los interesados podrán realizarse hasta el próximo 10 de noviembre, y la entrega y apertura de ofertas está marcada para el 1 de diciembre del presente año. Se estima que las obras inicien en el primer trimestre del año 2017 y concluyan en 30 meses. La convocatoria ya se encuentra en el portal de la Dirección de Contrataciones Públicas.
El presente proyecto cuenta con una financiación del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). La iniciativa principal del proyecto es el desarrollo de un nuevo polo en el marco de la reconversión del centro histórico de la ciudad de Asunción.
En caso de que necesite mayor información, no dude en contactarnos.
Paraguay busca fomentar el emprendedurismo con nueva Ley
Con el fin de fomentar la cultura del emprendimiento en el país, se ha promulgado recientemente la Ley 5669/2016 , cuyo objeto principal es la creación de un marco regulatorio e institucional que siente las bases para promover la cultura emprendedora y la creación y permanencia de negocios formales en la economía, a través del establecimiento de incentivos que permitan el desarrollo de las empresas, el acceso a financiamientos y a la estabilidad de las mismas para generar los empleos que el Paraguay necesita.
En el presente año, el Global Entrepreneurship and Development Institute (GEDI) ubicó al Paraguay en el puesto 93 del ranking mundial y en el 17[1] a nivel regional, en cuanto a un ecosistema apto para iniciar un emprendimiento comercial.
Si bien no nos ubicamos en los mejores puestos de dicho ranking, estamos dando pasos importantes a nivel nacional para impulsar esta cultura de gran impacto en la economía, teniendo en cuenta que las empresas nacionales creadas por emprendedores generan beneficios directos a la economía nacional, lo que hace necesario su fomento.
En el marco de ese objetivo, la citada Ley crea la Dirección Nacional de Emprendedurismo (DINAEM), dependiente del Viceministerio de Micro, Pequeña y Mediana Empresas (MYPYMES), y el Registro Nacional de Emprendedores.
Otro punto destacable y de gran valor para todo emprendedor que busca una fuente de financiamiento rentable es que la Ley establece el impulso para que el Viceministerio (MYPYMES) fomente Centros de Incubación de Empresas, así como la creación del Fondo de Capital Semilla, del Fondo de Ángeles Inversores y de redes de inversión, para que las PYMES y emprendedores cuenten con mayores herramientas financieras a fin de promover sus emprendimientos, haciendo que estos resulten rentables y sostenibles en el tiempo.
Sin lugar a dudas, un financiamiento rentable acompañado de una asesoría legal integral —abarcando áreas de propiedad intelectual, tributaria, societaria, laboral entre otras— permitirá que todo emprendedor pueda lograr su objetivo principal, que es el de consolidar su emprendimiento.
Comenzar un negocio siempre constituye la realización de un sueño para quien lo emprende y, por ello, es fundamental conocer las ventajas que tiene iniciarlo con una asesoría integral amplia y con vasta experiencia. Vouga Abogados apoya e impulsa la cultura del emprendimiento, con el deseo de que Paraguay escale en el Ranking del GEDI y se consolide como un país con un ecosistema apto para el desarrollo de emprendedores.
En caso de precisar mayor información, por favor contacte a: Walter David Vera wvera@vouga.com.py
[1] https://thegedi.org/countries/paraguay
Ministerio de Obras Públicas licitará construcción de edificios públicos
En el marco del proyecto “Reconversión del centro, modernización del transporte público metropolitano y oficinas del gobierno”, el Estado paraguayo, por medio del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), licitará la construcción de cinco edificios públicos de algunos Ministerios del Poder Ejecutivo. La licitación será de carácter internacional y se espera que las obras inicien en 2017.
La inversión estimada del proyecto fue aprobada por medio de la LEY N° 5.133[1] y es de aproximadamente setenta y cinco millones de dólares americanos (USD. 75.000.000), siendo su objetivo principal reconvertir el centro histórico de la ciudad de Asunción y la zona del Puerto de Asunción sobre el Río Paraguay.
El citado proyecto tendrá un gran impacto cultural, social y urbanístico en la capital de la República del Paraguay y será financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), razón por la cual serán aplicadas las normas y condiciones de dicha entidad financiera, sin participación de la Dirección de Contrataciones Públicas en el proceso de licitación.
En caso desee recibir mayor información, por favor no dude en contactarnos.
[1] LEY 5133/2013, QUE APRUEBA LOS CONTRATOS DE PRÉSTAMOS N°s 2419/OC-PR POR US$. 47.000.000 (DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CUARENTA Y SIETE MILLONES) Y 2420/BL-PR POR US$. 78.000.000 (DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SETENTA Y OCHO MILLONES), SUSCRITOS CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), EL 9 DE OCTUBRE DE 2010, MODIFICADOS POR CONTRATO MODIFICATORIO N° 1 DEL 18 DE MAYO DE 2011; Y EL CONVENIO DE PRÉSTAMO N° 1386P SUSCRITO CON EL FONDO DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS PAÍSES EXPORTADORES DE PETRÓLEO PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL (OFID), EL 25 DE MARZO DE 2011, POR US$. 19.000.000 (DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DIECINUEVE MILLONES), PARA EL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA ‘RECONVERSIÓN CENTRO, MODERNIZACIÓN DEL TRANSPORTE PÚBLICO METROPOLITANO Y OFICINAS DEL GOBIERNO’, QUE ESTARÁ A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC); Y AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013, APROBADO POR LA LEY N° 4848 DEL 2 DE ENERO DE 2013.






