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08/08/2023

La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD) emitió la Circular No. 04/23 el pasado 23 de julio, en la cual comunica importantes cambios para los Sujetos Obligados bajo la Resolución No. 490/22 “Por la cual se aprueba el Reglamento de Prevención de Lavado de Activos (LA) y el Financiamiento del Terrorismo (FT) basado en un Sistema de Administración de Riesgos para las Organizaciones Sin Fines De Lucro (OSFL)”, que poseen entidades dependientes dentro de su constitución y estructura. De acuerdo con la circular, estas entidades OSFL, que pueden ser unidades internas, filiales o sucursales, deberán gestionar su registro en el Sistema Integrado de Reporte de Operaciones (SIRO) a través de la entidad matriz.

A tal efecto, la entidad matriz será responsable de realizar la declaración de todas sus unidades internas, filiales o sucursales al momento de la inscripción o reinscripción en el aplicativo SIRO. Con ello, se generará una única inscripción o reinscripción, y se emitirá una sola constancia de registro. Cabe destacar que no se aceptarán solicitudes de inscripción o reinscripción presentadas por las entidades dependientes de forma independiente en el sistema SIRO.

La emisión de la nueva constancia de inscripción o reinscripción a través del SIRO a la entidad matriz será suficiente para que las unidades internas, filiales o sucursales puedan gestionar la apertura de cuentas u otros servicios en entidades del sistema financiero y/o cooperativas. Estas medidas buscan fortalecer los controles en la prevención de lavado de dinero y brindar mayor eficiencia en el registro de las entidades dependientes del sector OSFL.

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