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05/06/2024

Mediante Resolución N° 5 Acta N° 13 de fecha 4 de abril del 2024, la Superintendencia de Bancos actualizó el Reglamento de las Cuentas Básicas de Ahorro (el “Reglamento”), dejando sin efecto el anterior reglamento aprobado por Resolución N° 25 Acta N° 51 de fecha 18 de julio del 2013.

La cuenta básica de ahorro es un producto que ofrece la posibilidad de acceso a servicios financieros de forma asequible y ajustada a las necesidades de un mayor número de personas. Este producto no requiere monto mínimo de apertura ni saldo promedio mínimo de mantenimiento, el trámite de apertura es sencillo y puede ser realizado en forma presencial o remota. Además, es de uso exclusivo en moneda local, aunque permite recibir remesas del exterior, las cuales son acreditadas en moneda local al tipo de cambio de la fecha de la operación.

Es importante destacar que el monto máximo de acreditaciones mensuales no podrá superar el equivalente al límite aplicable al Régimen Simplificado de Debida Diligencia en el conocimiento de clientes, establecido por la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes. Este límite mensual es de tres salarios mínimos legales vigentes (actualmente, la suma asciende de Gs. 8.041.119, aproximadamente USD 1.097). En algunos casos, la institución financiera puede optar por establecer un límite mensual de seis salarios mínimos legales vigentes (actualmente, la suma asciende a Gs. 16.082.238, aproximadamente USD 2.194), siempre que el cliente complete el Formulario de Identificación y presente la constancia de ingresos. Además, únicamente se permitirá la habilitación de una cuenta básica de ahorro por persona en cada entidad supervisada.

El Reglamento establece que los usuarios de una cuenta básica de ahorro podrán realizar: (i) depósitos y/o acreditaciones sin costo en cajeros automáticos y Corresponsales No Bancarios (“CNB”); (ii) mínimamente, hasta cuatro extracciones mensuales sin costo en cajeros automáticos y CNB; (iii) operaciones ilimitadas a través del Sistema de Pagos del Paraguay; (iv) mínimamente, hasta dos consultas de saldos mensuales sin costo en cajeros automáticos y CNB; y, (v) acceder al extracto de cuenta de los últimos seis meses, mínimamente, de manera ilimitada y sin costo.

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