Por medio de la Resolución CA N° 021-014/2024 de fecha 4 de abril de 2024 (la “Resolución”), el IPS resolvió:
- La aprobación de un proyecto de decreto que establece la base mínima imponible de aporte al IPS, para la categoría a destajo o jornal, equivalente a 25 jornales mínimos legales para actividades no especificadas según lo establece el Poder Ejecutivo.
- En líneas generales, la propuesta establecida en la Resolución considera imprescindible una modificación en la base imponible mínima de 18 a 25 jornales de manera a garantizar a protección social de los jornaleros fomentando establecer mecanismos más equitativos en la cobertura de salud y en el proceso de jubilación, además de fortalecer y consolidar los aportes y fondos correspondientes.
- Asimismo, la Resolución establece que la modificación tiene como objetivo permitir a los trabajadores el acceso a los beneficios de largo plazo, estableciendo un piso de aporte que coincida con un mes de antigüedad a los efectos jubilatorios, permitiendo el acceso la expectativa del beneficio de jubilación en el plazo de 25 años, equivalentes a 50 semanas de aportes por año, esto es, en el mimo tiempo que los trabajadores del régimen general, dado que actualmente, los jornaleros deben aportar más tiempo para acceder a la jubilación ordinaria o proporcional.
- La propuesta de modificación será remitida al Poder Ejecutivo de manera a que el documento siga los canales legales correspondientes.
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