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Mediante Resolución N° 6, Acta N° 11, de fecha 13 de marzo del 2025, el Banco Central del Paraguay (“BCP”) introdujo modificaciones al artículo 20 de la Resolución N° 43, Acta N° 95 de fecha 30 de diciembre del 2015, la cual regula el cobro de comisiones por intermediación en operaciones con tarjetas de débito y crédito.

Con esta modificación, las entidades emisoras y/o las operadoras deberán mantener publicadas en sus sitios web todas las comisiones por intermediación aplicadas a los comercios adheridos, diferenciando entre operaciones con tarjetas de débito y crédito. Esta información deberá publicarse en una matriz que discrimine grupos de montos de facturación y promedios de comprobantes de pago (tickets), y se distinguirán por tipo de tarjeta, ya sea de débito o de crédito. Además, las entidades están obligadas a actualizar continuamente la información sobre las comisiones efectivamente cobradas, garantizando que los comercios y el público en general tengan acceso a datos actualizados y precisos.

Asimismo, el BCP establecerá la tasa máxima aplicable a las comisiones de intermediación aplicables. Se aclara que esta tasa máxima abarca la suma de todas las comisiones de intermediación cobradas durante el proceso de pago, sin importar las funciones o medios utilizados por las entidades involucradas. No obstante, se permite la aplicación de comisiones adicionales por servicios distintos a la intermediación de pagos electrónicos, tales como gestión empresarial, administración de flujos de fondos o análisis de datos, siempre que su contratación no sea obligatoria para acceder al servicio de intermediación.

Las entidades emisoras y/o operadoras deberán remitir a la banca matriz, dentro de la quincena de enero de cada año, sus políticas de cobro de comisiones aplicables a los comercios adheridos, conteniendo mínimamente: (i) justificación técnica de las comisiones aplicadas o razones de la modificación; (ii) estudio técnico que respalde variaciones; (iii) descripción de los servicios prestados; y, (iv) estructura de costos fijos y variables, especificando la metodología de cálculo y la distribución de costos entre comisiones, operadoras y comercios dentro de sus respectivas redes.

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