Skip to content

03/04/2024

Mediante Resolución N° 06 Acta N° 02 de fecha 17 de enero del 2024 (la “Resolución”), El Directorio del Banco Central del Paraguay (“BCP”) aprobó el Reglamento de Procedimientos y Condiciones Mínimas para la realizar la Exportación o Importación de Divisas Físicas.

En este sentido, la exportación o importación de divisas físicas en la República del Paraguay se deberá realizar mediante empresas de transporte y atesoramiento de valores habilitados por la Policía Nacional y registradas ante la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (“SEPRELAD”).

Una vez que la Superintendencia de Bancos (“SIB”) verifique que las entidades bancarias y cambiarias cumplan con las condiciones mínimas establecidas en la Resolución, concederá una autorización de carácter general para operar con una determinada entidad contraparte y/o corresponsal bancario extranjero encargado de la liquidación y pago del contravalor en cuenta bancaria.

Entre las condiciones mínimas establecidas para obtener la autorización de la SIB, se encuentran: (i) Identificación de las entidades bancarias corresponsales y/o contrapartes extranjeras; (ii) Especificación de los países y ciudades en los que estén domiciliadas las entidades extranjeras; (iii) Presentación de las constancias que acrediten que la entidad contraparte del exterior y el corresponsal bancario encargado de la liquidación de las operaciones, se encuentran debidamente autorizados; (iv) Las entidades corresponsales y/o contrapartes extranjeras deben estar sujetas a una supervisión similar a la local o a satisfacción de la SIB; (v) Proforma del contrato a ser utilizado entre las partes en donde se establezcan como mínimo las obligaciones mutuas de las partes y las condiciones de la prestación del servicio; y, (vi) Las entidades bancarias y cambiarias deberán acreditar que tanto su contraparte extranjera, como la entidad responsable de la liquidación de las operaciones, en sus operativas cuentan con políticas y procedimientos adecuados de prevención de lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. Los países donde se encuentran domiciliadas dichas entidades deberán pertenecer al Grupo de Acción Financiera Internacional u otro organismo similar.

BANNER VOUGA TaxNews 01-2024
NOVEDADES IMPOSITIVAS - Marzo 2024
Seguridad Social
El IPS resolvió la aprobación de un proyecto de Ley que busca realizar modificaciones varias al régimen legal del seguro social obligatorio
BANNER VOUGA Resolucion
El Instituto de Previsión Social (“IPS”) emitió una resolución por la cual dejó sin efecto la Resolución C.A. N° 017-001/2021 la cual autorizó el incremento del haber mínimo jubilatorio de los jubilados y pensionados del IPS.