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Mediante Resolución N° 01 Acta N° 01 de fecha 03 de enero del 2024, el Banco Central del Paraguay (“BCP”) dispuso la intervención por parte de la Superintendencia de Bancos (“SIB”) a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Empleados de Bancos y Afines (“CJPEBA”), en razón a la desintegración del Consejo de Administración. La SIS intervendrá hasta que asuman las nuevas autoridades del Consejo, plazo que no podrá prolongarse por más de 90 días.

La administración de la CJPEBA será asumida por los interventores designados por la SIS ante la CJPEBA, pudiendo realizar los siguientes actos de administración y conservación: (i) Percibir las contribuciones y aportes obligatorios; (ii) Abonar las jubilaciones, pensiones y otros beneficios jubilatorios; (iii) Cobrar las cuotas de amortización de capital e intereses, comisiones y otros, de los préstamos otorgados por la CJPEBA; (iv) Conceder jubilaciones, pensiones y otros beneficios jubilatorios; (v) Preservar físicamente los bienes y las documentaciones de la entidad, tomando las medidas de seguridad y conservación apropiadas; (vi) Proveer información a la SIS y al Directorio del BCP, a solicitud de los mismos o por iniciativa propia para alertar a las autoridades sobre situaciones que requieran la toma de medidas inmediatas; y, (vii) Otros actos que pudiesen ser necesarios para permitir el funcionamiento y la continuidad de la administración y conservación de la entidad intervenida, los cuales podrán ser autorizados por la SIS.

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