Mediante Resolución N° 435/2026, de fecha 20 de agosto de 2026, la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD) aprobó la implementación de una nueva funcionalidad en el Sistema Integrado de Reporte de Operaciones (“SIRO”) para la actualización y/o confirmación de los datos generales y de contacto de los sujetos obligados y de sus usuarios habilitados (la “Resolución”).
La actualización o confirmación deberá realizarse anualmente, aun cuando no existan modificaciones. Asimismo, cualquier cambio en los datos registrados deberá ser actualizado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la modificación. La información ingresada tendrá carácter de declaración jurada, siendo responsabilidad del sujeto obligado garantizar su veracidad y exactitud.
Finalmente, la Resolución establece al SIRO como canal obligatorio para estas actualizaciones. La falta de actualización o confirmación podrá limitar el acceso a determinadas funcionalidades del sistema hasta que la información sea regularizada, sin perjuicio de otras consecuencias legales, reglamentarias o administrativas que pudieran corresponder.


