En fecha 2 de mayo de 2023, la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD) emitió la Resolución No. 158/23, por la cual aprueba los procedimientos y requisitos para la inscripción en el Registro de la SEPRELAD de los sujetos obligados del sector cajas de seguridad, transporte o atesoramiento de valores o caudales, objetos de artes y antigüedades e Inversión filatélica o numismática (los Sujetos Obligados) a través del Sistema Integrado de Reporte de Operaciones (SIRO), anexando los procedimientos y requisitos para el registro de los mismos.
La SEPRELAD exhorta a dichos Sujetos Obligados a inscribirse o, en su caso, reinscribirse a través del SIRO, estableciendo un plazo de reinscripción a través de dicho sistema hasta el 31 de julio de 2023. Hasta dicha fecha, los sujetos obligados ya inscriptos en virtud de la Resolución SEPRELAD No. 218/11 estarán exonerados del pago del arancel en concepto de registro.
Cabe mencionar que, conforme a lo establecido en la resolución mencionada, quedan sin efecto todas las constancias de inscripción de los Sujetos Obligados en el marco de la Resolución SEPRELAD No. 218/11, la cual queda derogada, a partir del 1 de julio de 2023.
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