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Mediante la Resolución SV.SG. N°0051/2024, emitida el 15 de noviembre de 2024 (la «Resolución»), la Superintendencia de Valores del Banco Central del Paraguay (BCP) estableció la obligatoriedad para las entidades del mercado de valores de conectarse a la Red de Comunicación Financiera (RCF).

Objetivo: Actualizar y mejorar los procesos tecnológicos de las entidades del mercado de valores, promoviendo una mayor capacidad de análisis de datos y un entorno más seguro para la transmisión de información financiera.

Aspectos Claves:

  • Conexión Obligatoria:
    a) Las casas de bolsa y las sociedades administradoras de fondos patrimoniales de inversión deben conectarse a la RCF utilizando credenciales exclusivas asignadas por el BCP.
    b) Cada entidad debe designar al menos dos usuarios responsables de operar el sistema.
  • Requisitos Técnicos:
    a) Las conexiones deben realizarse mediante VPN con IP privada, cumpliendo estándares de seguridad como ISO 27001, CIS CONTROLS y NIST.
    b) El BCP supervisará, auditará y monitoreará las conexiones para garantizar el cumplimiento de las normativas de seguridad.
  • Parámetros de Configuración:
    Los detalles técnicos de conexión, incluyendo algoritmos de cifrado y autenticación, están especificados en el Anexo 1 de la Resolución.
  • Formulario de Solicitud:
    El Anexo 2 incluye el formulario requerido para gestionar la conexión, que debe ser firmado digitalmente por el representante legal de la entidad.

Protección y Transparencia:
El BCP se reserva el derecho de auditar y monitorear las conexiones, así como de desconectarlas en caso de incumplimiento de las normativas. Las entidades son responsables de garantizar la seguridad de la información transmitida.

La Resolución busca fortalecer la infraestructura tecnológica del sistema financiero, promoviendo un marco de seguridad y eficiencia para el mercado de valores.

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