Mediante Resolución SV. SG. N° 030 de fecha 26 de diciembre del 2023, la Superintendencia de Valores (“SIV”) aprobó el Plan Único de Cuentas (“PUC”) y el Manual de Cuentas Contables para uso obligatorio de las casas de bolsa y administradoras de fondos patrimoniales de inversión, los cuales se encuentran detallados en los Anexos I y II, respectivamente.
El PUC entrará a regir a partir del 01 de enero del 2024. En este sentido, los informes de estados financieros correspondientes al primer trimestre del año 2024 deberán reflejar los registros de las operaciones detalladas en el PUC.
Además, se aclara que la mera enunciación de operatorias en el PUC no habilita su vigencia. Por tanto, en el caso de nuevas operaciones, las casas de bolsa y administradoras de fondos patrimoniales de inversiones deberán contar con la aprobación previa de la SIV.
Los Sectores determinados en el PUC son: (i) Activos; (ii) Pasivos; (iii) Patrimonio Neto; (iv) Contingencia; (v) Cuentas de Orden; (vi) Ingresos; y, (vii) Egresos.
Finalmente, en el Anexo II de la Resolución, “Manual de Cuentas Contables”, se define cada Sector y Capítulo del cual se compone el PUC.