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En fecha 13 de junio de 2023, la Superintendencia de Bancos ha emitido la Circular SB. SG. N° 96/23 para recordar la entrada en vigencia del «Reglamento de Burós de Información Crediticia (BIC) y Protección de la Información Personal Crediticia en el Marco de la Ley N° 6534/2020 de Protección de Datos Personales Crediticios» (el “Reglamento”). Esta normativa, aprobada por Resolución N° 3, Acta N° 8 del Directorio del Banco Central del Paraguay el 21 de febrero de 2023, establece el régimen de licenciamiento, regulación, supervisión y sanción de las sociedades que brindan servicios de referencias crediticias, conocidas como Burós de Información Crediticia (BICs).

Al respecto, se destaca la obligatoriedad de las entidades financieras de proporcionar regularmente a los BICs, con los cuales se tenga un contrato de prestación de servicios de información crediticia, los datos actualizados de los clientes de su cartera crediticia. Esto incluye tanto la información positiva como negativa, especialmente la relativa al cumplimiento de obligaciones crediticias. Estos datos deben ser notificados en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas desde su cancelación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6534/2020.

Por último, la Superintendencia de Bancos insta a todos los usuarios de información crediticia a cumplir plenamente con las disposiciones vigentes en la materia. Esto se hace con el fin de proteger los derechos de los titulares de datos y garantizar la protección de los datos personales crediticios.

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