Mediante Circular UIF-SEPRELAD/SE N° 02/2025 de fecha 14 de noviembre de 2025 (la “Circular”), la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (“SEPRELAD”) recuerda a los sujetos obligados la vigencia de las obligaciones de reporte y los plazos para su cumplimiento a través del Sistema Integrado de Reporte de Operaciones (“SIRO”).
La Circular no introduce nuevas obligaciones, sino que consolida los reportes exigidos, sus vencimientos y los trámites administrativos vinculados al SIRO. Está dirigido a sujetos obligados en general y, en particular, a sectores tales como: remesadoras, inmobiliarias, organizaciones sin fines de lucro (OSFL), importadores y comerciantes de vehículos automotores, comerciantes de joyas y metales preciosos, proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV), casas de empeño, abogados, contadores, transportadores de valores, servicios de custodia y locación de cajas de seguridad, entre otros.
La Circular detalla los reportes que deben ser presentados obligatoriamente a través del SIRO:
| Obligación | Vencimiento |
| Formulario Anual | 31 de mayo |
| Reporte de Operaciones Objetivas | Remesadoras: Mensual, del 20 al 30 Demás sujetos obligados: Trimestral, del 11 al 20 |
| Reporte Negativo | Trimestral |
| Informe de Auditoría Interna | 30 de marzo |
| Informe de Auditoría Externa | 30 de junio |
| Informe del Oficial de Cumplimiento | Según ocurrencia prevista en cada normativa sectorial |
| Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) | De acuerdo con la normativa sectorial vigente |
Asimismo, la Circular recuerda los trámites administrativos que deben realizarse ante la SEPRELAD a través del SIRO, y que se encuentran sujetos al pago de aranceles. Entre ellos:
| Trámite en ambiente SIRO | Resolución |
| Inscripción de SO en el registro de SO sin supervisión natural ante la SEPRELAD | Resolución N° 07/2018 – Cobro de Aranceles Resolución N° 235/2020 – Ampliación de la Resolución N° 07/2018 |
| Usuario del SIRO | Resolución N° 48/2025 – Canon anual para sujetos obligados, por el aplicativo ROS_WEB, para el ejercicio fiscal 2025 |
| Inscripción en el Registro de Auditores Especializado ALA/CFT/CFP | Resolución N° 29/2023 – Cinco jornales mínimos establecidos para actividades diversas no especificadas en la República del Paraguay |
La Circular aclara que se encuentra autorizada la realización de gestoría o asesoramiento externo para la tramitación del cumplimiento de las obligaciones de los sujetos obligados, específicamente en materia de medidas de prevención y control en LA/FT/FP. Dicha asistencia puede abarcar la elaboración y actualización de manuales de prevención, códigos de ética, autoevaluaciones y matrices de riesgo, informes de auditoría interna y externa, mecanismos de verificación y monitoreos de listados, así como la preparación y presentación de los reportes exigidos ante la SEPRELAD.


