Mediante Resolución N° 16 de fecha 11 de enero del 2024, la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (“SEPRELAD”) amplió el alcance de los Sujetos Obligados (“SO”) autorizados para remitir Reportes de Operaciones Sospechosas (“ROS”) y ROS Negativos a través del Sistema Integral de Reportes de Operaciones (“SIRO”).
En esta disposición, se ha incluido como SO a las personas físicas y/o jurídicas que actúan en el mercado crediticio con recursos propios o de terceros, que no representan captación de depósitos, inscriptos en el Registro de Otorgantes de Créditos Dinerarios (“OCD”) del Banco Central del Paraguay (“BCP”).
Los SO identificados anteriormente deberán solicitar su usuario y contraseña a modo de acceder al SIRO, adjuntando la constancia y/o acreditación de estar inscripto en el Registro de OCD del BCP.