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Con el objeto de fortalecer la transparencia de gestión y así contar con una organización eficiente para la consecución de sus propósitos, la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI), por Resolución N° 11/2017, estableció nuevas reglas sobre la documentación requerida para el registro de cesión, transmisión, licencia y otros negocios jurídicos en relación con marcas registradas.

La mencionada resolución surgió en el marco de un proceso de normalización de procedimientos y servicios a cargo de la DINAPI, entidad pública de ejecución de la política nacional de Propiedad Intelectual y de aplicación de las diferentes normas que regulan los derechos intelectuales -en virtud de la ley 4798/12-.

En este sentido, la resolución establece que para el registro de cesión o transmisión de derechos sobre las marcas registradas en la Dirección General Técnica de Propiedad Industrial (DGPI), el interesado deberá presentar el original o copia autenticada de la Escritura Pública en donde consta el negocio jurídico que pretende inscribir para transacciones realizadas dentro del territorio nacional, o el debido apostillado o autenticación consular de los documentos formalizados en el extranjero. Asimismo, regula los trámites en casos de licencias de uso y de fusión de empresas.

La normativa mencionada, además, recuerda y aclara los requisitos que debe cumplir la Escritura Pública a la que hace referencia, instruyendo finalmente a la Jefatura de Actos Jurídicos -dependiente de la DGPI- a impulsar un estricto cumplimiento de las disposiciones establecidas. De esta manera, por ser actos reglados, los actos registrados en ausencia de las formalidades indicadas, serán nulos.

En caso de precisar mayor información sobre el nuevo procedimiento de registro de cesión, transmisión, licencia de uso y otros negocios jurídicos, por favor contacte a: Laura Lezcano (llezcano@vouga.com.py

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