Mediante Resolución N° 31 Acta N° 22 de fecha 29 de mayo del 2025, el Banco Central del Paraguay (“BCP”) aprobó la Guía sobre la Gestión de los Riesgos Financieros Relacionados con el Clima para las Entidades de Intermediación Financiera Supervisadas y Reguladas (“Guía de Gestión de Riesgos”). Esta normativa, de cumplimiento obligatorio a partir del 1 de enero del 2026, establece lineamientos que buscan fortalecer la capacidad del sistema financiero nacional para enfrentar los desafíos derivados del cambio climático.
La Guía de Gestión de Riesgos reconoce explícitamente que los riesgos climáticos, tanto físicos como de transición, pueden traducirse en riesgos financieros tradicionales como el de crédito, mercado, liquidez, operativo, estratégico y reputacional. En este sentido, el BCP adoptó un enfoque macro y microprudencial alineado con las mejores prácticas internacionales, particularmente con los principios utilizados del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea.
Las entidades reguladas deberán integrar los riesgos financieros relacionados con el clima en sus políticas, estructuras de gobierno, marcos de control interno y gestión integral de riesgos. Entre los aspectos más relevantes de la Guía de Gestión de Riesgos se destacan:
- Gobernanza climática: El directorio de cada entidad deberá involucrarse activamente en la gestión de estos riesgos, aprobando políticas específicas, asignando responsabilidades y asegurando la capacitación continua sobre riesgos climáticos.
- Gestión del riesgo climático: Se exige a las entidades identificar, medir, mitigar y monitorear su exposición a los riesgos climáticos, incorporando estos aspectos en el ciclo de crédito, en la gestión de cartera, en los análisis de concentración de riesgos y en las decisiones estratégicas.
- Pruebas de estrés climático: Las entidades deberán desarrollar capacidades internas para diseñar y ejecutar escenarios climáticos y pruebas de resistencia, considerando su modelo de negocio, complejidad y escala operativa.
- Infraestructura de datos: Se requerirá recolectar y utilizar datos precisos, detallados y actualizados para evaluar adecuadamente los impactos potenciales del cambio climático sobre las operaciones financieras.
- Divulgación: Se establece la obligación de contar con una política formal de divulgación de información climática, aprobada por el directorio, incluyendo aspectos de gobernanza, estrategia y gestión de riesgos.
Con esta guía, el BCP marca un hito en la incorporación de la sostenibilidad ambiental en la regulación financiera del país. Se espera que esta normativa no solo fortalezca la resiliencia de las entidades supervisadas ante eventos climáticos extremos, sino que también promueva prácticas responsables de financiamiento alineadas con los compromisos globales en materia de cambio climático.