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El 31 de octubre de 2024, el presidente de la República promulgó la Ley N° 7361/2024 que modifica y amplía las disposiciones de la Ley N° 6788/2021, “Que establece la competencia, atribuciones y estructura orgánica de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria” (“Ley”).

Como lo adelantáramos en nuestro último newsletter regulatorio, para lograr mayor eficiencia en la administración pública, mediante la promulgación de la Ley se fusionan la DINAVISA y el INAN. La que sobrevive a la fusión es la DINAVISA en la cual se incorporarán las atribuciones hasta ahora del INAN, quedando como la única institución con funciones de vigilancia sanitaria.

Es importante mencionar que el articulo 2 de la Ley establece que, todas las normas de rango inferior (por ej., resoluciones o circulares) que hayan sido dictadas por los órganos absorbidos, continuarán en vigencia, en tanto y en cuento, no se contrapongan a la Ley y/o no sean modificados, abrogados o derogados por la futura reglamentación de la Ley.  Asimismo, los presupuestos de los órganos absorbidos formarán parte del presupuesto de DINAVISA.

Si bien la Ley no establece un periodo de vacatio legis, en la práctica el proceso de integración de ambas instituciones no será inmediato. En ese sentido, estaremos monitoreando e informando de la evolución del proceso de fusión.

Para acceder al texto íntegro de la Ley, haga en el siguiente enlace: Gaceta Oficial N°219.

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