Mediante Resolución N° 2 Acta N° 21 de fecha 22 de mayo del 2025 (la “Resolución”), el Directorio del Banco Central del Paraguay resolvió delegar a la Superintendencia de Valores (“SIV”) diversas facultades en materia de autorización y supervisión de agentes del mercado de valores.
En virtud de la Resolución, la SIV queda expresamente facultada a autorizar a operar a los emisores, los auditores externos, las sociedades calificadoras de riesgo, las cámaras compensadoras, las sociedades securitizadoras, los representantes de obligacionistas, los corredores de productos, los operadores bursátiles y de mesa de negocios y los asesores de inversión.
Adicionalmente, se otorga a la SIV la atribución de aprobar los reglamentos internos de las Bolsas de Valores y Productos, así como de las Cajas de Valores y las Cámaras Compensadoras.