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14/12/2021

Según datos publicados por la organización Greenpeace, la producción global de plásticos se ha disparado en los últimos 50 años, y en especial en las últimas décadas. La publicación menciona que en los últimos diez años hemos producido más plástico que en toda la historia de la humanidad. De acuerdo con un informe de la Organización de las Naciones Unidas, se estima que cada año a nivel mundial se consumen alrededor de 5 billones de bolsas de plástico, lo cual equivale a casi 10 millones de bolsas por minuto.


Los gobiernos en todo el mundo se están concientizando cada vez más sobre la magnitud de la contaminación por plásticos. Hasta ahora, más de 60 países han dictado medidas oficiales y decenas más están trabajando en leyes y estrategias para enfrentar uno de los mayores problemas ambientales de nuestro tiempo, según revela un informe publicado por ONU Medio Ambiente. Afortunadamente, Paraguay no es la excepción.

Desde el 1° de julio de 2021 se busca implementar la tan esperada, y varias veces postergada, Ley 5414/2015 “de Promoción de la Disminución del Uso de Plástico Polietileno” (la “Ley”), con  su Decreto Reglamentario 5537/2016 (el “Decreto”), que buscan regular el consumo de bolsas de polietileno de un solo uso, entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para el transporte de productos o mercaderías, las cuales deberán ser progresivamente reemplazadas por otras reutilizadas o confeccionadas con materiales biodegradables alternativos no contaminantes y reutilizables.

La autoridad de aplicación es el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), en forma coordinada con las municipalidades.


La Ley establece que se deberá reemplazar en forma gradual el uso de bolsas de polietileno de un solo uso por otras reutilizables o confeccionadas con materiales biodegradables alternativos no contaminantes y reutilizables en el plazo de doce meses, en el sector minorista en mercados, supermercados y comercios con predominio de productos alimenticios y bebidas, y de veinticuatro meses, para todos los demás establecimientos, incluyendo los de venta al por mayor. Posteriormente, por Res. 353/2017 se estableció un cronograma de reemplazo gradual de bolsas de polietileno de un solo uso, que iba desde el 1° de septiembre 2018 hasta el 1° de septiembre 2023, estableciendo que, en septiembre de 2019, las bolsas de polietileno de un solo uso ya no deberían ser comercializadas. Esta Resolución fue luego modificada por Res. 453/2019 que estableció un nuevo cronograma que iba desde el 1° de mayo 2019 hasta el 1° de febrero 2024, estableciendo que, a partir del 1° de febrero 2020, las bolsas de polietileno de un solo uso ya no deberían ser comercializadas.

Sin embargo, por decreto 3920/2020 y luego por ley 6636/2020 se autoriza a los comercios en general a utilizar bolsas de polietileno y otro material plástico “convencional” durante la vigencia de la ley 6524/2020 de emergencia, bajo el amparo de la excepción prevista en el art. 9 de la Ley, aplicable cuando por cuestiones de seguridad alimentaria o sanitaria resulta necesaria la utilización de bolsas de polietileno u otro material plástico convencional.

Recientemente, mediante CIRCULAR SSECS N° 01/2021 (la “Circular”), el MIC estableció que a partir del 1° de noviembre de 2021 todos los negocios deben disponer de bolsas reutilizables (de material virgen o material de alto contenido reciclado) La misma Circular también prevé un proceso de ajuste y transición desde el 1° de julio al 31 de octubre de 2021 para que todas las empresas productoras de las bolsas reutilizables puedan obtener la certificación necesaria ante el INTN a fin de satisfacer la demanda que tendrán por parte de los negocios.

Otra obligación que impone la Ley es que los sujetos obligados deberán exhibir en las cajas registradoras como mínimo la siguiente leyenda: “CUIDEMOS EL AMBIENTE, REDUCE – REUTILIZA – RECICLA LAS BOLSAS PLÁSTICAS. EN OCASIÓN DE TUS COMPRAS LLEVA CONTIGO TU BOLSA REUTILIZABLE”.

La Res. 353/2017 establece los precios mínimos que los comercios deberán cobrar por las bolsas de polietileno de un solo uso utilizadas para el transporte de mercaderías a fin de estimular que los consumidores lleven sus propias bolsas reutilizables o cajas de cartones o cualquier recipiente para evitar en lo posible el uso de bolsas de plástico.

La fiscalización de los comercios estará a cargo de la Dirección General de Comercio Interior del MIC.

El incumplimiento de la Ley y sus reglamentaciones puede resultar en multas de 10 a 500 jornales mínimos, previo sumario administrativo ante la Dirección General de Asuntos Legales del MIC.

La ley determina que los productos regulados por la misma deberán contar con la certificación del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), el cual verificará que los componentes y materiales utilizados en la fabricación de bolsas cumplan con los criterios de biodegradabilidad alternativos no contaminantes establecidos. Hasta el momento, por Res. MIC 178/2021, se estableció la certificación obligatoria de las bolsas de plástico polietileno reutilizables y de las bolsas de plástico reutilizables con alto contenido reciclado. Esta certificación se efectúa de acuerdo con el Reglamento de Evaluación de la Conformidad (Anexo 1 de la Resolución 178/2021).

La Res. 353/2017 también crea el Registro de Fabricantes e Importadores de bolsas de plástico (polietileno, polipropileno, y otros termoplásticos) y bolsas biodegradables (papel, plástico biodegradable) que será administrado por la Dirección General de Comercio Interior del MIC. Los interesados deberán presentar las solicitudes de inscripción, completando el Anexo II (Persona Física) o Anexo III (Persona Jurídica), que forman parte de la resolución. Así también, establece que la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) únicamente dará trámites a los despachos de importación de las bolsas de plástico y bolsas biodegradables, que cuenten con la licencia previa de importación emitida por el MIC, cuyos requisitos se encuentran detallados en la misma resolución.

Muchos llaman a esta Ley “Antihule” o “Antiplásticos”, cuando que, en realidad, la ley no prohíbe el uso de plásticos o bolsas de plásticos de polietileno a nivel general, sino que exige que las bolsas de plástico de un solo uso no sean más comercializadas por los comercios y determina que las que se ofrezcan y utilicen para el transporte de mercaderías estén certificadas por el INTN y sean de mayor espesor para ser reutilizables. Es decir, el espíritu de la Ley es más bien que los consumidores reutilicen sus bolsas de plásticos o utilicen bolsas biodegradables, por lo que, al menos por ahora, continuarán las bolsas de plástico en las cajas registradoras de los comercios, pero con un costo adicional para el consumidor. Es importante resaltar que esta Ley no abarca bolsas de basura. Igualmente podemos decir que es quizás un primer paso hacia lo que otros países han logrado: la disminución o hasta prohibición del uso de bolsas de plástico para el transporte de mercaderías.

La reducción y el mejor del uso de plásticos es una tendencia mundial que se está implementando desde hace varios años en muchos países del mundo, pero coincidentemente muchos de ellos han optado por el 2021 por el año de #plasticfree, existiendo numerosas campañas de millones de organizaciones públicas y privadas apostando a la concientización no solo gubernamental, sino también de los consumidores por un mundo con menos plásticos. Las principales campañas en julio son justamente #juliosinplasticoplastic free july – challenge, entre otras.

En Chile, por ejemplo, desde julio de este año se prohíbe la entrega de plásticos de un solo uso -como cubiertos, revolvedores, bombillas, artículos de plumavit, contenedores y vasos, entre otros- en todos los locales de expendio de comida preparada, ya sea para el consumo en el interior del recinto o para delivery. El incumplimiento de esta norma resulta en multas en beneficio municipal.

Otro ejemplo es España, donde, a las medidas tomadas años atrás como el cobro por las bolsas en supermercados y otros comercios, ahora existe un proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados que pone límite por primera vez a la utilización de plásticos de un solo uso en ciertos ámbitos, como el de la alimentación, e incorpora restricciones a su venta. Una de las medidas clave de este proyecto de ley es un impuesto de 0,45 euros por kilogramo a los envases de plástico no reutilizables. Desde el 3 de julio de 2021 está prohibida la introducción en el mercado de una serie de productos: hisopos, permitidos solo en el ámbito sanitario, cubiertos, platos, pajitas y agitadores de bebidas, excepto aquellos con usos industriales o profesionales.

La Ciudad de México inició el 2021 con la prohibición de plásticos de un solo uso, por lo tanto, a partir del 1° de enero del 2021 “está prohibida la comercialización, distribución y entrega de productos de plástico de un solo uso”, de acuerdo con la norma publicada. Hasta el momento, 28 estados han aprobado y publicado leyes relacionadas con plásticos, y existen 183 proyectos de iniciativas de ley en el Congreso para prohibir, sustituir o reducir el consumo de plásticos en México.

Costa Rica, uno de los mayores ejemplos para el mundo en la materia; tiene como misión para el 2021 prohibir todos los plásticos de un solo uso. La meta final de este país es llegar a ser una nación neutra en carbono para el 2050. Otros países como el Reino Unido y los Países Bajos también se han puesto el año 2050 como meta para llevar a cero sus emisiones netas de carbono. Alemania, por su parte, tiene como meta eliminar el uso del carbón a más tardar en 2038 y, mientras tanto, sigue invirtiendo en energías renovables.

A nivel Unión Europea, en el 2019 se aprobó en Bruselas una directiva comunitaria UE 2019/904 que tiene como fin la prohibición de vender productos de plástico de un solo uso en todos los países miembros de la Unión Europea. La fecha límite para que los países miembros adapten su legislación a esta nueva directiva se ha fijado para el 3 de julio de 2021. Esta directiva afecta a los productos fabricados en plástico que sean desechables o de usar y tirar. Es el caso de: hisopos, bolsas de plástico, pajitas, platos, vasos y cubiertos de carácter desechable, recipientes o envases para comida.

Si se planifican y se hacen cumplir adecuadamente las prohibiciones sobre las bolsas de plástico, estas pueden contrarrestar efectivamente una de las causas del uso excesivo y mal de los plásticos. No obstante, para solucionar el problema desde sus raíces, es necesario cambiar los hábitos de los consumidores, los minoristas y los fabricantes, y la adopción de políticas sólidas que promuevan un modelo más circular de diseño y producción de plásticos.

Mientras tanto, todos como consumidores tenemos un rol clave en la correcta aplicación de esta nueva Ley y como primer paso podríamos unirnos al challenge #JulioSinPlástico que recorre el mundo y que fue impulsado en Paraguay por @paraguaysinbasura. The World Wide Fund For Nature (WWF) determinó que el uso promedio de una bolsa de plástico es de 15 minutos mientras que ésta tarda largos años en degradarse.

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