Por medio del Decreto N° 4122 de fecha 27 de junio de 2025 (el “Decreto”), el Poder Ejecutivo resolvió:
- Aumentar a partir del 1 de julio del año 2025 el SML del trabajador del sector privado en un 3,6% (Gs. 100.739) con relación al SML del año anterior.
- Establecer el SML en Gs. 2.899.408 y el jornal mínimo en Gs. 111.502.
- El MTESS deberá reglamentar en los próximos días los salarios mínimos para cada actividad y publicar el reajuste salarial conforme a los criterios técnicos y legales aplicables.
Los empleadores deberán actualizar y fijar el nuevo salario y jornal mínimo en carteles en lugares visibles de los establecimientos de trabajo.
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